Hola Laura; No soy experta en la materia pero tal vez esto te ayude ; Debe ser consejero y titular ; en los manuales de procedimiento lo que tiene que ver con la designación te adjunto lo que dice :
Designación de responsable
En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución UIF vigente, el funcionario de máximo nivel, responsable de la prevención y encargado de centralizar todas las informaciones que la UIF y el INAES requiera por sí o a pedido de autoridades competentes, será integrante del Órgano Directivo.
Dicho funcionario, es el encargado de la implementación, seguimiento y control de los procedimientos internos de la Mutual para asegurar el cumplimiento de las disposiciones vigentes para la Prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
Si el gerente es consejero titular yo creo que no deberías tener problemas y aunque habitualmente no es muy común , que yo sepa nada lo prohíbe.
Saludos
Clarisa